BBVA

Información importante

Fecha límite para la inscripción anual

Último día hábil de febrero del año siguiente a la compra para alcabala, predial y arbitrios.

Guía de obligaciones tributarias (SAT)

Impuestos asociados a la compra y tenencia del inmueble.

1. Impuesto de Alcabala (Pago Único Inicial)

Grava la transferencia de propiedad. Es un requisito previo para que la notaría eleve la escritura.

  • Quién paga: El comprador (tú).
  • Cuándo: Antes de firmar la Escritura Pública.
  • Exoneración: Si compras un inmueble de "primera venta" (directo de constructor/inmobiliaria), no pagas Alcabala.

2. Impuestos periódicos (Tenencia)

Una vez que eres propietario, debes asumir los tributos anuales.
Tributo Concepto Inicio de obligación Frecuencia pago
Tributo
Impuesto Predial
Concepto
Grava el valor del predio (autovalúo).
Inicio de obligación
Desde el 1 de enero del año siguiente a tu compra.
Frecuencia pago
Anual (o fraccionado trimestralmente).
Tributo
Arbitrios Municipales
Concepto
Tasas por servicios (Limpieza, Parques, Serenazgo).
Inicio de obligación
Generalmente desde el mes siguiente a la compra (varía por municipio).
Frecuencia pago
Mensual o Trimestral.
Recuerda: La declaración jurada de inscripción (descrita en la sección posdesembolso) es el paso previo necesario para que la municipalidad empiece a calcular estos impuestos a tu nombre.