En la Resolución SBS N° 2108 2011 publicada el pasado 17/02/2011, Artículo 5, se establece la obligación de solicitar a los clientes del Sistema Financiero que tienen la condición de Sujeto Obligado a informar a la U.I.F. del Perú, una declaración jurada en la cual señalen que cuentan con un Oficial de Cumplimiento registrado ante la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradora de Fondos de Pensiones.
Sujetos Obligados
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Declaración Jurada de contar con Oficial de Cumplimiento - BBVA
En cumplimiento de lo dispuesto por el literal m) del artículo 8° de la Resolución SBS N° 838-2008, Normas Complementarias para la Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, en calidad de sujeto obligado a informar a la UIF – Perú, conforme el artículo 3° de la Ley N° 29038; procedemos a publicar nuestra Declaración Jurada confirmando que BBVA y sus Empresas Subsidiarias (BBVA Asset Management Perú S.A. SAF, Continental Sociedad Titulizadora S.A., BBVA Bolsa Sociedad Agente de Bolsa S.A. e Inmuebles y Recuperaciones Continental S.A.) cuentan con un Oficial de Cumplimiento Corporativo debidamente registrado ante la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, cuya identidad es de conocimiento de dicha entidad.
Declaración Jurada de Sujetos Obligados - Clientes
En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo quinto de la Resolución SBS N° 2108 2011, el mismo que modifica el artículo 8 de la Resolución SBS N° 838 2008, Normas Complementarias para la Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, agradeceremos se sirva remitirnos la documentación que señalamos a continuación.
Documentación a presentar