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      Seguro de Vida Ley

      Nuevo Seguro de Vida Ley

      ¡Un seguro que protege a tus colaboradores!

      ¿Qué es el Seguro de Vida Ley?

      Es un seguro que todas las empresas por mandato expreso de la ley (D.L. Nº 688) están obligadas a contratar para sus trabajadores en planilla, desde el primer día de labores del trabajador.

      • Contratante y responsable de pago: La empresa
      • Asegurados: Colaboradores
      • Beneficiarios: Herederos legales del colaborador

       

      ¿Qué coberturas ofrece el seguro para los colaboradores?

      • Muerte natural

        16 remuneraciones
      • Muerte accidental

        32 remuneraciones
      • Invalidez total y permanente

        32 remuneraciones

      Conoce los planes que ofrece el Seguro de Vida Ley

      • Plan Base

        • Muerte natural: 16 remuneraciones
        • Muerte accidental: 32 remuneraciones
        • Invalidez total y permanente: 32 remuneraciones
      • Plan Plata

        • Muerte natural: 16 remuneraciones
        • Muerte accidental: 32 remuneraciones
        • Invalidez total y permanente: 32 remuneraciones

        Coberturas adicionales*

        • Gastos de Sepelio: 5 remuneraciones
        • Cáncer en Vida: 5 remuneraciones
        • Incapacidad Temporal: 5 remuneraciones

         

      • Plan Oro

        • Muerte natural: 16 remuneraciones
        • Muerte accidental: 32 remuneraciones
        • Invalidez total y permanente: 32 remuneraciones

        Coberturas adicionales**

        • Gastos de Sepelio: 5 remuneraciones
        • Cáncer en Vida: 5 remuneraciones
        • Incapacidad Temporal: 5 remuneraciones
        • Trasplante de órganos: 5 remuneraciones
        • Renta Familiar: 5 remuneraciones
        • Traslado al lugar de origen: 5 remuneraciones
        • Fallecimiento por enfermedades graves: 5 remuneraciones
        • Desgravamen: 5 remuneraciones

         

         

      ¿Qué más debo saber sobre mi Seguro Vida Ley?

      • Suma máxima asegurada

      • Contratante

      • Beneficiarios

      • Requisitos

      Suma máxima asegurada


      • Ejemplo tope máximo de SBS Coberturas Principales:

        La ley estable un tope de remuneración máximo, que se define cada trimestre en el Portal de la SBS. La suma asegurada máxima de las coberturas adicionales puede ser S/ 10,000 o S/ 12,000. De acuerdo a lo seleccionado. 

        *Remuneración = Sueldo Bruto

        Si dentro del mes que ocurre el siniestro por fallecimiento natural la remuneración máxima definida por la SBS es de S/ 12,015.27 (se ha tomado de referencia la remuneración máxima del cuarto trimestre del 2024) y el sueldo del empleado es de S/15,000; El ejercicio S/15,000 (x) 16 remuneraciones = S/240,000. Lo que me pagarían no serían los S/240,000 sino el tope que está establecido en S/12,015.27 x 16 remuneraciones, con lo que se abonará a los beneficiarios el monto de S/ 192,244.32. Dado que el monto de la remuneración del asegurado excede el monto de la remuneración máxima determinada por la SBS.

      Contratante


      • El Seguro de Vida ley lo contrata y asume el costo el empleador, los beneficiarios están establecidos por ley y está vigente mientras dura la relación laboral. El monto de la indemnización se encuentra establecido por ley en función de la remuneración del trabajador.

      Beneficiarios


      • Los beneficiarios son el cónyuge o conviviente y sus descendientes (hijos). A falta de éstos, la indemnización corresponderá a los ascendientes y hermanos menores de 18 años.

      Requisito para los asegurados


        • Edad Mínima de ingreso: 18 años cumplidos.
        • Edad máxima de ingreso: 64 años con 365 días.
        • Edad máxima de permanencia: 65 años cumplidos o hasta finalizar la vigencia del seguro.

      Documentos y enlaces de interés

      • Condicionad Plata (PDF)
      • Condicionado Oro (PDF)
      • Condicionado Base 1 (PDF)
      • Certificado Individual Plata (PDF)
      • Certificado Individual Oro (PDF)
      • Certificado Individual Base (PDF)

      FAQ

      Preguntas Frecuentes

      ¿El seguro tiene exclusiones? ¿A quiénes beneficia el seguro? ¿Quién recibe el beneficio en caso de muerte del trabajador? ¿Desde cuándo deben estar asegurados los trabajadores? ¿Qué es el derecho de arrepentimiento?

      FAQ

      ¿El seguro tiene exclusiones?

      El seguro no cuenta con exclusiones, pero no se cubre el fallecimiento o invalidez que se produjera como consecuencia de suicidio o de lesiones autoinferidas.

      ¿A quiénes beneficia el seguro?

      A todos los trabajadores del sector privado, independientemente del régimen laboral y modalidad contractual al que se sujeten, así como a los trabajadores de entidades y empresas del sector público que estén sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Fomento del Empleo.

      ¿Quién recibe el beneficio en caso de muerte del trabajador?

      Los beneficiarios del Seguro de Vida Ley son el cónyuge o conviviente y sus descendientes. A falta de éstos, la indemnización corresponderá a los ascendientes y hermanos menores de 18 años.El empleador tendrá derecho a cobrar el seguro siempre y cuando —una vez fallecido el trabajador asegurado y vencido el plazo de un (1) año— ninguno de los beneficiarios ejerciera su derecho de reclamar la indemnización.

      ¿Desde cuándo deben estar asegurados los trabajadores?

      Desde el primer día que inicias tus labores.

      ¿Qué es el derecho de arrepentimiento?

      Si cambias de opinión respecto de la contratación del seguro, tienes hasta 15 días desde el momento en que contrataste el seguro para anular la compra y solicitar el íntegro reembolso de lo cobrado, para lo cual deberás comunicarte directamente con el buzón atencionalcliente@rimac.com.pe (con el asunto “Derecho de arrepentimiento”) pidiendo que se cancele el seguro o a través del mismo canal de comunicación utilizado para la contratación.

      Oferta válida durante el mes en curso
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      2. Seguro de Vida Ley
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